Page 18 - Ordenanzas de Hontoria
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Hontoria y sus aldeas.                         Ordenanzas municipales 1741





               ORDENANZAS  DEL  CONCEJO  DE  HONTORIA  DEL  PINAR  Y  SUS
               AGREGADOS DE NAVAS Y LA ALDEA, EN QUE SE HALLAN DIFEREN-
               TES CAPITULOS, HECHAS EN EL AÑO de 1.741.

               = Tabla de los Capitulos que hablan las ordenanzas primeramente. =
               Capitulo 1º.= Habla sobre las divisas de la Villa.=
               Capitulo 2º. Habla sobre las divisas de la Aldea.=
               3º. Sobre las divisas de Navas.=
               4º. Sobre los Hejidos del concejo.=
               5º. Sobre las adigueras de donde comienzan.=
               6º.  Sobre los prados de guadaña que este Concejo tiene.=
               (7º.) Sobre las dehesas que tiene este Concejo.=
               8º. Que la Dehesa de “Costalago” queda vedada para los ganados menu-
               dos por todo el año.=
               9º. Sobre que dicha dehesa se pueda arrendar.=
               10º. Habla que donde se dice “Monte Suso” queda por pago para él.=
               11º. = Sobre que se observen y guarden los pagos, y sobre los coteros y lo
               que se debe observar.=
               12º. Habla sobre los dichos coteros.=
               13º. Sobre la pena que han de pagar los ganados menudos y en las dehesas,
               prados y demás vedados.=
               14º.- Sobre los rebaños que se prendasen tres . Habla sobre que ningún pas-
               tor pueda tener más de seiscientas cabezas.=
               17. Sobre lo que han de pagar de mesturas las reses que se encuentren en
               los vedados.=
               18. Sobre que los prados de todo el Concejo han de estar segados hasta el
               día de Santiago.=
               19. Habla que ningún vecino pueda entrar en los prados con su carreta es-
               tando con el vellón ni atravesarlos, por ir a sacar los suyos.=
               20. Sobre si hubiese daño en los prados que se aprecie y los coteros den
               dañadores.=
               21.- Habla sobre si hubiese daño en los prados y hasta que tipo son cier-
               tas.=
               22. Sobre el daño que se hiciere en los prados cerrados.=
               23. Habla sobre las rebeldías y capturas, o si algún vecino golpease a los
               guardas o prendadores.=
               24. Sobre la pena que tiene la dehesa de Costalago, cuando está vedada, y
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