Page 18 - Ordenanzas de Hontoria
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Hontoria y sus aldeas. Ordenanzas municipales 1741
ORDENANZAS DEL CONCEJO DE HONTORIA DEL PINAR Y SUS
AGREGADOS DE NAVAS Y LA ALDEA, EN QUE SE HALLAN DIFEREN-
TES CAPITULOS, HECHAS EN EL AÑO de 1.741.
= Tabla de los Capitulos que hablan las ordenanzas primeramente. =
Capitulo 1º.= Habla sobre las divisas de la Villa.=
Capitulo 2º. Habla sobre las divisas de la Aldea.=
3º. Sobre las divisas de Navas.=
4º. Sobre los Hejidos del concejo.=
5º. Sobre las adigueras de donde comienzan.=
6º. Sobre los prados de guadaña que este Concejo tiene.=
(7º.) Sobre las dehesas que tiene este Concejo.=
8º. Que la Dehesa de “Costalago” queda vedada para los ganados menu-
dos por todo el año.=
9º. Sobre que dicha dehesa se pueda arrendar.=
10º. Habla que donde se dice “Monte Suso” queda por pago para él.=
11º. = Sobre que se observen y guarden los pagos, y sobre los coteros y lo
que se debe observar.=
12º. Habla sobre los dichos coteros.=
13º. Sobre la pena que han de pagar los ganados menudos y en las dehesas,
prados y demás vedados.=
14º.- Sobre los rebaños que se prendasen tres . Habla sobre que ningún pas-
tor pueda tener más de seiscientas cabezas.=
17. Sobre lo que han de pagar de mesturas las reses que se encuentren en
los vedados.=
18. Sobre que los prados de todo el Concejo han de estar segados hasta el
día de Santiago.=
19. Habla que ningún vecino pueda entrar en los prados con su carreta es-
tando con el vellón ni atravesarlos, por ir a sacar los suyos.=
20. Sobre si hubiese daño en los prados que se aprecie y los coteros den
dañadores.=
21.- Habla sobre si hubiese daño en los prados y hasta que tipo son cier-
tas.=
22. Sobre el daño que se hiciere en los prados cerrados.=
23. Habla sobre las rebeldías y capturas, o si algún vecino golpease a los
guardas o prendadores.=
24. Sobre la pena que tiene la dehesa de Costalago, cuando está vedada, y

