Page 38 - Ordenanzas de Hontoria
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Hontoria y sus aldeas.                         Ordenanzas municipales 1741






                CAPITULO CATORCE.=  Otrosí ordenaron y decretaron que los pastores o
                aparceros de los tales rebaños de ganado menudo que dejasen entrarlos en
                dichos vedados tres veces en una semana, que es rebeldía, paguen de multa
                luego  de  contado  habiendo  sido  prendado  por  dichos  guardas  coteros  o
                prendadores (1), además de la pena susodicha a real de cada cien cabezas,
                y si fueren continuados en hacer dos y tres rebeldías sean castigados a la
                voluntad y arbitrio de los señores de Justicia que son y por tiempo fueren.=
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