Page 51 - Ordenanzas de Hontoria
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Hontoria y sus aldeas.                         Ordenanzas municipales 1741






               27.-  Otrosi  ordenaron  y  decretaron  que  los  señores  de  Justicia  que  son  y
               por tiempo fueren, tengan obligación al principio de cada un año de hacer
               vecindario (1) por casas y callaita (2) de todos los vecinos que hubiere, pa-
               ra los repartimientos que se ofrezca previniendo que todos deban de haber
               sido y sean casados y velados (3), y los que después de habersen hecho los
               dichos vecindarios se casasen y pidieren la vecindad tambien se les admita
               y  tengan  por  tales  vecinos  y  fechen  como  los  demás  y  tengan  los  mismos
               aprovechamientos a menos que los susodichos u otros algunos tengan cau-
               sa y otra cosa por donde no deban de ser admitidos, que en este caso queda
               al arbitrio y determinación del Concejo.=
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