Page 51 - Ordenanzas de Hontoria
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Hontoria y sus aldeas. Ordenanzas municipales 1741
27.- Otrosi ordenaron y decretaron que los señores de Justicia que son y
por tiempo fueren, tengan obligación al principio de cada un año de hacer
vecindario (1) por casas y callaita (2) de todos los vecinos que hubiere, pa-
ra los repartimientos que se ofrezca previniendo que todos deban de haber
sido y sean casados y velados (3), y los que después de habersen hecho los
dichos vecindarios se casasen y pidieren la vecindad tambien se les admita
y tengan por tales vecinos y fechen como los demás y tengan los mismos
aprovechamientos a menos que los susodichos u otros algunos tengan cau-
sa y otra cosa por donde no deban de ser admitidos, que en este caso queda
al arbitrio y determinación del Concejo.=

