Page 44 - Ordenanzas de Hontoria
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Hontoria y sus aldeas.                         Ordenanzas municipales 1741





               20.-  Otrosí ordenaron y decretaron que si se reconociese haber daño en los
               dichos  prados  de  siego  y  los  dueños  de  ellos  pidieren  aprecio  (1)  a  los
               señores  de  Justicia  dichos  sus  mercedes  tengan  obligación  de  enviar  los
               apreciadores (2) que para ello y lo demás que se ofrezca han de nombrar
               cada un año, y visto y reconocido por estos el dicho daño, y declarado que
               sea a dichos señores de Justicia el dicho daño, obliguen a los coteros (3) a
               que  den  dañador  (4),  y  de  no  hacerlo  les  obliguen  asimismo  a  la  paga  y
               satisfación de su importe de su hacienda y bienes.=
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