Page 44 - Ordenanzas de Hontoria
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Hontoria y sus aldeas. Ordenanzas municipales 1741
20.- Otrosí ordenaron y decretaron que si se reconociese haber daño en los
dichos prados de siego y los dueños de ellos pidieren aprecio (1) a los
señores de Justicia dichos sus mercedes tengan obligación de enviar los
apreciadores (2) que para ello y lo demás que se ofrezca han de nombrar
cada un año, y visto y reconocido por estos el dicho daño, y declarado que
sea a dichos señores de Justicia el dicho daño, obliguen a los coteros (3) a
que den dañador (4), y de no hacerlo les obliguen asimismo a la paga y
satisfación de su importe de su hacienda y bienes.=

